24 noviembre, 2024

ANSES informó las fechas de pago del bono IFE para trabajadores informales

La agencia dio a conocer el cronograma de pago de la primera cuota de $47.000, correspondiente a octubre.

Desde este lunes 9 de octubre, las personas autorizadas por ANSES comenzarán a percibir la primera cuota del bono para trabajadores informales.

El refuerzo de $94.000 dispuesto por el Gobierno se cobrará en dos cuotas de $47.000 cada una, en octubre y noviembre.

La ANSeS detalló que el cobro se comenzará a efectivizar según la finalización del documento de cada beneficiario:

  • DNI terminados en 0, 1 y 2: lunes 9 de octubre.
  • DNI terminados en 3, 4 y 5: martes 10 de octubre.
  • DNI terminados en 6 y 7: miércoles 11 de octubre.
  • DNI terminados en 8 y 9: jueves 12 de octubre.

El organismo recordó que la inscripción para gestionar el bono se puede realizar hasta el 31 de octubre todos los días de 14 a 24, en www.anses.gob.ar o la aplicación Mi ANSeS.

Las condiciones para acceder a este dinero son: ser trabajadores y trabajadoras informales de entre 18 y 64 años, no contar con ingresos registrados ni ser titular de ningún tipo de asistencia económica del Estado, como la Asignación Universal por Hija e Hijo (AUH), las becas Progresar o el Potenciar Trabajo.

Para determinar el pago, la ANSeS realiza una evaluación socioeconómica y patrimonial (consumo, bienes, cobertura de salud, entre otras) de los solicitantes. Hasta el momento, dos millones de personas ya accedieron al beneficio, según cifras oficiales.

Requisitos para acceder al refuerzo para trabajadores informales

  • Ser argentinas o nativas, por opción o naturalizadas, o extranjeras, estas últimas con una residencia no inferior a dos años anteriores a la fecha que se establezca en la normativa complementaria; debiendo todas ellas habitar en el territorio de la República Argentina durante todo el período citado.
  • Tener 18 años de edad o más y no haber cumplido los 65 años l 30 de septiembre de 2023.
  • Encontrarse en situación de vulnerabilidad económica y patrimonial. Las condiciones objetivas de la situación económica y patrimonial indicada serán establecidas por la normativa complementaria.
  • Completar la solicitud, de conformidad con lo establecido en la normativa complementaria correspondiente.

Además, quienes soliciten el refuerzo no deberán encontrarse:

  • Percibiendo ingresos formales de ningún tipo.
  • Bajo relación de dependencia registrada en el Sector Público Nacional, Provincial, Municipal y/o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o en el Sector Privado.
  • Inscripta en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes ni en el el Régimen de Autónomos.
  • Como titular de jubilaciones, pensiones, planes, programas, prestaciones de la seguridad social, o retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean Nacionales, Provinciales, Municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  • Incluida en el Sistema de Servicios de Salud, conforme lo establezca la AFIP.
  • Registrada como activa en el Registro de Trabajadores de Casas Particulares.
  • Como titular de Prestación por Desempleo, Programas de Empleo o Planes Sociales.
  • Privada de la libertad, bajo cualquier modalidad.
  • Como persona que tiene a cargo a niños, niñas, adolescentes o personas mayores de edad con discapacidad titulares de alguna de las prestaciones establecidas por el Régimen de Asignaciones Familiares, considerándose también, en igual medida, a la otra persona integrante del grupo familiar.
  • Percibiendo ingresos provenientes de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social, o de la Asignación por Embarazo para Protección Social, o del Programa de Respaldo a Estudiantes Argentinos (PROGRESAR), o del Programa Nacional de Inclusión Socioproductiva y Desarrollo Local «Potenciar Trabajo».

En tanto, las personas de entre 18 y 24 años podrán acceder al bono cuando el grupo familiar supere la evaluación socioeconómica que se establezca a tal efecto en la normativa complementaria.

El Poder Ejecutivo estableció también que el beneficio deberá solicitarse ante la ANSES, y que ésta realizará intercambios de información con aquellas bases de datos que administran los organismos competentes en las materias específicas y vinculadas al cumplimiento de los requisitos, y establecerá las normas aclaratorias y complementarias que resultaren necesarias para la administración, otorgamiento, pago, control y supervisión.