Con la aplicación del bono, este mes los jubilados de la mínima cobrarán $241.283. La semana pasada se habían generado múltiples dudas ante un desdoblamiento de los pagos.
En el Boletín Oficial de este miércoles 3, el Gobierno nacional corrigió un decreto que había salido días atrás para que los jubilados y pensionados puedan cobrar el bono de 70 mil pesos con la nueva fórmula.
La corrección se produjo luego de que la semana pasada se desdoblara el pago de las jubilaciones en dos tramos o cuotas debido al cambio de fórmula y cuestiones temporales que complicaron el desembolso en una sola vez. Por eso el vocero presidencial Manuel Adorni había tenido que salir a aclarar que «se hará una liquidación por la jubilación, aplicando la nueva fórmula, y otra con el bono. Entonces, esto se hace en dos momentos distintos, no porque se les pague en cuotas, sino porque administrativamente se tiene que hacer en dos instancias diferentes».
Ahora, el Gobierno cambió el artículo 3° del Decreto 268 del 20 de marzo pasado y estableció que «para aquellos titulares que, por la suma de los haberes de todas sus prestaciones vigentes, perciban un monto menor o igual a $171.283,31, la ayuda económica previsional será equivalente a $70.000».
En el nuevo decreto 282/2024, que se publicó en las últimas horas en el Boletín Oficial, se estableció que «aquellos titulares que, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, perciban un importe superior al monto de $171.283,31, la ayuda económica previsional será igual a la suma necesaria hasta alcanzar el tope de $241.283,31».
De ese modo quedó incluido el incremento extraordinario del 12,5 por ciento instrumentado para compensar de manera parcial las pérdidas por los últimos tres meses de inflación, y un adicional del 13,24% correspondiente al IPC de febrero a cuenta de la movilidad a pagar en junio del 2024.
Vale recordar que en mayo se espera una nueva actualización con base en el Índice de Inflación correspondiente a marzo y en junio otro ajuste que se calculará según la nueva fórmula (IPC de abril). «En ningún caso, la aplicación del índice podrá disminuir el haber que perciben los jubilados y pensionados», señalaron desde el Gobierno.
Así las cosas, si en junio el aumento resultante de la Ley de Movilidad anterior (Ley 27.609) fuera superior a lo acumulado en estos tres meses de empalme, ANSES abonará la diferencia correspondiente, según informaron en un comunicado oficial.
Calendario de cobros: jubilados y pensionados de la mínima
DNI terminado en 0: miércoles 10 de abril
DNI terminado en 1: jueves 11 de abril
DNI terminado en 2: viernes 12 de abril
DNI terminado en 3: lunes 15 de abril
DNI terminado en 4: martes 16 de abril
DNI terminado en 5: miércoles 17 de abril
DNI terminado en 6: jueves 18 de abril
DNI terminado en 7: viernes 19 de abril
DNI terminado en 8: lunes 22 de abril
DNI terminado en 9: martes 23 de abril
Jubilaciones y pensiones que superen un haber mínimo
DNI terminados en 0 y 1: 24 de abril
DNI terminados en 2 y 3: 25 de abril
DNI terminados en 4 y 5: 26 de abril
DNI terminados en 6 y 7: 29 de abril
DNI terminados en 8 y 9: 30 de abril
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