19 abril, 2024

Podrían aplicar la Ley de Abastecimiento a quienes escondan mercaderías consideradas esenciales

A través de varios medios de comunicación locales y en redes sociales, los consumidores fueron detectando el faltante de mercaderías consideradas de uso esencial, o de gran consumo en estos días, como productos de limpieza y alimentos. Los comercios y sus propietarios podrán ser duramente sancionados y se les podría decomisar la mercadería, si éstos las guardan en depósitos con propósito especulativo. Llaman a la población a denunciar sobreprecios y faltantes.

Gobierno puede «establecer, para cualquier etapa del proceso económico, precios máximos y mínimos, márgenes de utilidad» y congelarlos. También reducir o eliminar impuestos para la importación así como restringir o prohibir las exportaciones.

Si no lo hace, los Gobiernos provinciales pueden establecer precios máximos «y las pertinentes medidas complementarias». También podrá » intervenir temporariamente para su uso: explotaciones agropecuarias, forestales y mineras; establecimientos industriales, comercios y empresas de transporte consignando con posterioridad su valor de uso y/o sus costos operativos», además de exigir y secuestrar declaraciones juradas y otros documentos. Asimismo, el Gobierno puede obligar a continuar con la «producción, comercialización, distribución o prestación de servicios», estableciendo cuotas mínimas.

Quienes sufran por esto un «grave e irreparable perjuicio económico» pueden pedir la revisión de la medida, pero igual deberán cumplirla hasta que se decida sobre su pedido. La misma ley prevée en su artículo 4 que se sancione a quienes «elevaren artificial o injustificadamente los precios, acaparasen o destruyesen materias primas o productos, y negaren o restringieren la venta de bienes».

También castigará a quienes creen intermediaciones innecesarias, desvíen el abastecimiento normal o no entreguen facturas. Los castigos para estas infracciones son variables: desde clausura y arresto por 90 días, con secuestro de las mercaderías hasta inhabilitación especial de uno a cinco años para ejercer el comercio y la función pública. En casos de extrema gravedad, el arresto puede cambiarse por prisión de seis meses a cuatro años. (Fuente www.perfil.com).

Qué saber qué dice la Ly de Abastecimiento hacé click aquí: http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/55000-59999/58603/texact.htm

http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/55000-59999/58603/texact.htm