Flavia, una mujer vulnerable, atravesó el embarazo sin ningún control médico y el día que llegó al Hospital para dar a luz afirmó que quería dar a su bebé. Dos días después , junto al padre del niño decidieron que querían formar una familia con él. La jueza en lo Civil, Comercial. Familia. Niñez Adolescencia con Competencia Administrativa de Santo Tomé, doctora María Dionicia Zovak, juzgó con perspectiva de género y además de apoyar la decisión de los padres les permitió cambiar el nombre del niño.
La jueza en lo Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia con Competencia Administrativa de Santo Tomé, doctora María Dionicia Zovak apoyó la decisión de una madre en situación de vulnerabilidad que inicialmente consideró dar a su hijo recién nacido en adopción y dos días después, el 22 de septiembre de 2023 se arrepintió y así lo expresaron ella y el papá del bebé a la magistrada.
Como la mujer no fue quien eligió el nombre de su hijo, solicito el cambio. Este giro en la historia, marcado por el arrepentimiento y la voluntad de cuidar al niño, desencadenó una serie de eventos en el ámbito judicial.
La decisión de la jueza
El tribunal, guiado por la perspectiva de género y la necesidad de proteger a personas en situación de vulnerabilidad, tomó medidas para garantizar el bienestar de Flavia, su pareja y Maximiliano. Se destacó la importancia de la capacitación en género para los operadores judiciales y se enfatizó la necesidad de desafiar los estereotipos socioculturales que afectan a las mujeres.
Los informes psicológicos y psiquiátricos desempeñaron un papel crucial en la evaluación de la situación, demostrando la estabilidad emocional de Flavia y su capacidad para cuidar al bebé. También se resaltó la importancia de preservar la unidad familiar siempre que sea posible, priorizando el interés superior del niño, Maximiliano.
El tribunal tomó la decisión de devolver a Maximiliano a Flavia, pero con el compromiso de que ambos padres iniciaran tratamientos psicoterapéuticos y recibieran apoyo externo para fortalecer su familia. También se permitió el cambio de nombre del niño, reflejando la voluntad de los padres.
Cambio de nombre del niño
En cuanto al nombre su función esencial es permitir transformar un ser sin significación personal en un sujeto con relevancia jurídica, esto es así, ya que el nombre es un elemento que se integra a todos aquellos otros aspectos que conforman la identidad de la persona, en su proceso de construcción de su identidad en el ámbito social, habilitándolo a seguir construyendo su identidad y el modo de individualizarse socialmente, a través de aquellos elementos que la integran, y lo completen.
Interés Superior del Niño
En última instancia, este caso ilustra cómo la justicia puede intervenir de manera efectiva en situaciones familiares complejas, siempre teniendo en cuenta el interés superior del niño y promoviendo la igualdad de género y la protección de las personas en situación de vulnerabilidad.
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