29 marzo, 2024

La Corte Suprema de Justicia ordenó a Corrientes a que habilite el ingreso de una persona.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó a Corrientes que deje ingresar a esa provincia a una persona para que pueda atender a su madre, que está enferma de cáncer.

El maximo tribunal de Justicia intervino ante la presentacion de Mariano Maggi a que cruce a diario el puente General Belgrano desde Resistencia, Chaco, para cuidar a su madre Eulalia Benitez, que está enferma de cáncer.

Maggi presentó al demanda porque el PAMI dispuso que el tratamiento se realice en Corrientes. Debe someterse a una radioterapia tridimensional por padecer un carcinoma mamario.

Explicó el hijo que el tratamiento médico que le indicó el PAMI comenzó en Corrientes el 6 de julio e implica la realización de cinco sesiones semanales de radioterapia de 20 minutos cada una, cuyos efectos secundarios son vómitos y dolores punzantes que, según los médicos, tienden a volverse más intensos a medida que se desarrolla el tratamiento.

Mariano Maggi señaló que al principio madre e hijo se trasladaban desde Resistencia en automóvil particular hasta Corrientes, para lo cual gestionaron los permisos provinciales necesarios en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO).

Pero la madre, como paciente oncológica y el actor como acompañante de su madre, estaban obligados a hacerse un hisopado cada siete días para poder pasar a la ciudad vecina.

Ante ese problema decidieron alquilar un departamento en Corrientes para que la señora Eulalia se quedar allí y su hijo volviera a Resistencia. De ese modo, Mariano Maggi viajaría para acompañarla en cada sesión y podría asistirla.

Pero Maggi contó que al querer ingresar a Corrientes, los policías que estaban en el puente General Manuel Belgrano, con intervención del Ministerio de Salud, le impidieron pasar porque le dijeron que no iba con su acompañante enferma.

Maggi insistió en que su madre estaba en la capital correntina y que él era el único familiar que podía asistirla en el tratamiento. Argumentó sobre los derechos a la salud y bienestar consagrados en los tratados de derechos humanos internacionales que se encuentran cercenados y limitados por los funcionarios provinciales y municipales que le impidieron su traslado para cuidar de la salud de su madre.

El juez a cargo del Juzgado en lo Civil y Comercial N° 8 de Resistencia se declaró ‘incompetente para entender en la controversia y ordenó la remisión de la causa a la justicia federal de Resistencia pero el juez dijo que se trataba de un caso de competencia originaria de la Corte y envió el expediente a la ciudad de Buenos Aires.

Así las cosas, la Corte resolvió hoy que Corrientes deje pasar a Maggi para que pueda atender a su madre y completar el tratamiento oncológico.

Argumentó la Corte que «aparece como un exceso en las atribuciones de las autoridades provinciales (en coordinación con las nacionales, según se denuncia) que se le impida al señor Mariano Maggi su traslado a la ciudad» para cuidar a su madre.