El presidente Alberto Fernández promulgó este viernes en Casa Rosada las leyes de VIH y Oncopediatría junto a la ministra de Salud, Carla Vizzotti.
El presidente Alberto Fernández promulgó este viernes las leyes de VIH y Oncopediatría en Casa Rosada junto a la ministra de Salud, Carla Vizzotti.
El acto se realizó en el Salón de las Mujeres Argentinas del Bicentenario, ubicado en el segundo piso de la Casa de Gobierno.
El presidente Alberto Fernández afirmó que el Gobierno Nacional “está dispuesto a dar las peleas que haya que dar” para que “la gente no tenga que resignar derechos”, al encabezar junto a la ministra de Salud, Carla Vizzotti, la promulgación de las Leyes de VIH y Oncopediatría en la Casa de Gobierno.
El jefe de Estado aseguró que” estará siempre ayudando” a las personas que padezcan enfermedades, al encabezar el acto en el Salón de las Mujeres Argentinas del Bicentenario.
El Gobierno nacional, sostuvo Fernández en ese sentido,” está dispuesto a dar las peleas que haya que dar para que la gente no tenga que resignar derechos”.
La ministra de Salud, por su parte, dijo que “es un día muy importante en el que se concretan muchas luchas” y destacó que “este Presidente le dio rango de ministerio a Salud”, en alusión a la categoría de Secretaría que el gobierno de Mauricio Macri había otorgado a esa cartera durante esa administración.
Asimismo, resaltó que las dos normas promulgadas “son dos leyes que amplían derechos” y señaló que beneficiarán a “dos mil niños y adolescentes y a sus familias”.
Las normas promulgadas son las leyes de VIH y Oncopediatría.
La nueva ley de VIH, Hepatitis Virales, Tuberculosis e Infecciones de Transmisión Sexual propone un abordaje integral desde la salud colectiva y apunta a brindar contención e información para derribar prejuicios y situaciones de discriminación contra los pacientes.
Entre otras cuestiones, establece que toda prueba para detectar esas patologías deberá ser voluntaria, gratuita, confidencial y universal, a la vez que promueve la creación de un régimen de jubilación especial, de carácter excepcional para quienes transiten las enfermedades de VIH y hepatitis B o C, así como una pensión no contributiva de carácter vitalicio para quienes se encuentren en situación de vulnerabilidad social.
De este modo, aquellas personas que acrediten al menos diez años desde el diagnóstico de la enfermedad y 20 años de aportes jubilatorios podrán solicitar la jubilación a partir de los 50.
En tanto, la ley de Oncopediatría obliga a las obras sociales y prepagas a dar una cobertura total para la atención de niños, niñas y adolescentes con cáncer y al Estado Nacional a dar una asistencia a económica a las familias.
Esta norma establece la obligatoriedad de elaborar lineamientos programáticos y guías de práctica para la detección, diagnóstico y tratamiento y asistir a los centros oncológicos para que brinden una atención de calidad que respete todos los derechos de los niños, niñas y adolescentes con cáncer.
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