En el marco de la emergencia dictada por la pandemia del coronavirus, el Gobierno extendió la prohibición de despidos hasta el 31 de mayo.
El Gobierno decidió extender hasta el 31 de mayo próximo la normativa que prohíbe los despidos, en el marco de la emergencia dictada por la pandemia del coronavirus.
La extensión de la medida tendrá una salvedad, que indica que quedará exceptuado de este blindaje al empleo el sector de la construcción.
Fuentes oficiales confirmaron que el decreto será publicado este jueves en el Boletín Oficial y llevará la firma del presidente Alberto Fernández.
«Prorrogase hasta el 31 de mayo de 2021 la prohibición de efectuar despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor», indica el decreto en su artículo tercero.
Además, resalta que «a raíz de la situación de emergencia, no solo se adoptaron medidas tendientes a la protección de la salud sino también aquellas que tuvieron como objetivo ayudar a las empresas a sobrellevar los efectos de la emergencia, entre ellas, la postergación o disminución de diversas obligaciones tributarias y de la seguridad social».
Las empresas privadas no podrán despedir empleados sin justa causa ni por razones de fuerza mayor o disminución de la demanda de trabajo, como ya está vigente.
Después de una medida en el mismo sentido tomada pocos días después de la asunción de Fernández, el primer decreto rigió desde el 1° de abril de 2020, luego se dispuso una prórroga desde el 1° de junio y hubo una tercera disposición a partir del 1° de diciembre.
La última prórroga por 90 días había sido decretada a finales de enero. La medida había sido resuelta en el marco de la «emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social establecida por la cuarentena obligatoria para contrarrestar» la pandemia de coronavirus.
En paralelo a la prohibición de despidos, el Gobierno estableció en 2021 la doble indemnización con la intención de evitar despidos.
Pero desde enero, a esta vía de desvinculación de los trabajadores en relación de dependencia se le fijó un tope de 500.000 pesos para la indemnización adicional.
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