La doble indemnización rige hasta el 25 de enero próximo de acuerdo decreto 961 publicado hoy en el Boletín Oficial. Rige para los despidos «sin justa causa».
El Gobierno prorrogó este lunes nuevamente y hasta el 25 de enero próximo, la doble indemnización a la que tendrán derecho los trabajadores en el caso de despido, en el marco de la «emergencia ocupacional» que rige desde el inicio de la gestión del actual gobierno y que se extendió por la pandemia de coronavirus.
«Ampliase hasta el 25 de enero de 2021 la emergencia pública en materia ocupacional declarada el 13 de diciembre de 2019 y ampliada el 9 de junio de 2020», apunta el decreto 961, firmado por el presidente Alberto Fernández y sus ministros, y publicado este lunes en el Boletín Oficial.
En ese sentido, la medida establece que «en caso de despido sin justa causa, la trabajadora afectada o el trabajador afectado tendrá derecho a percibir el doble de la indemnización».
El decreto recuerda que tres días después de la asunción de Fernández se declaró la «emergencia pública en materia ocupacional por el término de 180 días y se estableció que, en caso de despido sin justa causa durante la vigencia de dicha norma, el trabajador afectado tendría derecho a percibir el doble de la indemnización correspondiente».
La norma hace hincapié en que la «crisis económica en que se encontraba el país se vio agravada por el brote del nuevo coronavirus, que diera lugar a la declaración de pandemia por Covid-19 por parte de la Organización Mundial de la Salud».
Fundamentos
Por eso, el Gobierno decidió que esta «crisis excepcional exige prorrogar la oportuna adopción de medidas de idéntica índole asegurando a los trabajadores y a las trabajadoras que esta emergencia no les hará perder sus puestos de trabajo».
La medida remarca que «resulta indispensable continuar garantizando por imperio normativo la conservación de los puestos de trabajo por un plazo razonable, en aras de preservar la paz social» y para «no agravar los problemas causados por la pandemia».
No rige para el sector público
En cuanto al sector público, el decreto aclara que «extender los alcances de este decreto estaría desprovisto de toda razonabilidad» porque «serviría para que se amparen en ella altos directivos con responsabilidades jerárquicas que pretenden encontrarse abarcados por las previsiones de la norma».
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