La nueva medida establece que la autoridad aeronáutica deberá establecer los procedimientos adecuados para el otorgamiento de autorizaciones relativas al personal extranjero y a las aeronaves con matrícula extranjera que operen en el territorio nacional.
El Gobierno nacional oficializó que a partir de ahora la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) podrá autorizar operaciones con tripulaciones y aeronaves extranjeras. Lo hizo mediante el decreto Nº 844/2024 publicado este lunes 23 de septiembre en el Boletín Oficial.
«El organismo será el encargado de otorgar las autorizaciones para que personal extranjero desempeñe funciones aeronáuticas en los servicios aerocomerciales, así como también para la utilización de aeronaves de matrícula extranjera para operar en nuestro país, cuando una aerolínea lo requiera. Esta medida, sumada al paquete de desregulaciones que se vienen implementando, posibilitará que otras aerolíneas cubran rutas aéreas locales inmediatamente si Biró y compañía siguen haciendo paros extorsivos», afirmó el Secretario de Transporte, Franco Mogetta.
La nueva medida establece que la autoridad aeronáutica nacional deberá reglamentar técnicamente los Artículos 106 y 107 del Código Aeronáutico, con el fin de establecer los procedimientos adecuados para el otorgamiento de autorizaciones relativas al personal extranjero y a las aeronaves con matrícula extranjera que operen en el territorio nacional.
De esta manera procuran fomentar las inversiones en la República Argentina, favoreciendo la conectividad federal.
El presidente Javier Milei, firmó una resolución para que personal extranjero pueda desempeñar funciones aeronáuticas en los servicios aéreos locales, así como también para la utilización de aeronaves de matrícula extranjera a operar en nuestro país cuando una aerolínea lo requiera
Hasta el momento, solo el Poder Ejecutivo Nacional podía autorizar un porcentaje de personal extranjero en los servicios aerocomerciales y la utilización de aeronaves de matrícula extranjera, pero con esta modificación es la ANAC quien podrá otorgar dichas autorizaciones.
Además, la autoridad aeronáutica deberá dictar la reglamentación técnica correspondiente para el otorgamiento de las mismas, conforme a los estándares internacionales y regionales.
Desde el Ejecutivo nacional, se indicó que el decreto N° 844/2024 se realiza en el marco del «reordenamiento integral de la legislación aerocomercial, con el objetivo de agilizar las gestiones administrativas, promoviendo un mercado de entorno competitivo y flexible para que más personas puedan usar el transporte aéreo y así llegar a todas las ciudades argentinas».
A su vez, explican que la nueva medida conlleva la necesidad de adecuar y dictar una nueva reglamentación, de conformidad con los estándares internacionales en materia de comercio de bienes y servicios, procurando armonizar el régimen interno con el de los demás países de la Región y del mundo.
«En el marco de las políticas desregulatorias llevadas adelante por el Gobierno Nacional, desde la Secretaría de Transporte, esta medida resulta necesaria para reforzar los principios de libre acceso a los mercados, generando mayor competitividad y, por lo tanto, una oferta más diversa y conveniente para los pasajeros; garantizando la seguridad operacional y la eficiencia de todo el sistema de transporte aéreo», señalaron las fuentes oficiales.
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