Se trata de un tipo de relevamiento que se realiza el día de los comicios. Qué dice la ley sobre ellos y cómo se complementan con las «mesas testigo».
Hoy, domingo 13 de agosto, se están llevando a cabo las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) 2023, un método de selección de candidaturas que define qué partidos están habilitados a competir en las elecciones generales y quiénes conformarán sus listas. Para anticipar esta información, y tratando de sortear la veda electoral, varios interesados recurren a los llamados «boca de urna».
Este tipo de encuesta se realizada a los votantes después de haber salido de las escuelas donde votaron. A diferencia del sondeo de opinión, que consulta por la intención de voto o datos similares, estas preguntan por quién acaba de votar el elector.
Sin embargo, la información recogida mediante este servicio no puede ser publicada en ningún medio de comunicación, ya que de lo contrario se entraría en infracción con lo que dicta la Ley nacional.
Cómo se realizan los «boca de urna»
«Se hace con un cuestionario de preguntas cerradas, le das las opciones al votante y tiene que optar por uno», dijo Cristián Solmoirago, politólogo y director de la consultora Solmoirago. «Se define con el cliente y muchas veces se hace por categoría. Por ejemplo, en la provincia de Buenos Aires, que tiene una boleta muy larga, se podría realizar por Presidente, Gobernador e Intendente de determinado municipio», detalló.
Como toda encuesta, los «boca de urna» tienen un margen de error y depende de que el votante quiera responder. «Se da un factor hoy en día, que es que mucha gente no quiere hablar. Antes era más fácil, las personas estaban más predispuestas, pero ahora hay un gran número que no quiere responder».
Otra de las cuestiones que se contemplan es que el encuestado pueda llegar a mentir en su respuesta sobre el candidato que eligió.
Acerca de ese fenómeno, el especialista indicó que se debe a «la apatía, en términos generales». «Al igual que está pasando en las encuestas de opinión, la gente está desencantada de la política… Hoy en día pareciera que es un peso ir a votar, cuesta», aseguró.
Además, comentó que esto se ve reflejado en el ausentismo reportado en las últimas elecciones: «En 2001 la gente iba a votar y para mostrar su bronca votaba en blanco o ponía una feta de jamón. Ahora está tan cansada que ni bronca quiere expresar».
La confianza en los «boca de urna» y «mesas testigo»
El analista explicó que este tipo de encuestas «son confiables siempre y cuando se diagrame una muestra representativa», teniendo en cuenta que se trata de miles y miles de entrevistas que se hacen en un solo día y tan solo en unas horas. Solmoirago también añadió que los datos se envían y automáticamente al centro de cómputos y se van dando por «cortes» que se hacen cada dos o tres horas para ver la proyección.
Por otro lado, sostuvo actualmente también se trabaja con las mesas testigo, con las cuales no se debe esperar «hasta las 22 horas o más» para conocer la tendencia de la votación: «Con la boca de urna y la mesa testigo ya tenés los datos sólidos».
«Estas son los datos oficiales que salen de cada una de las mesas. También se arma una muestra grande donde se identifica previamente donde están los datos que van a inferir en el resultado final. Si falla la mesa testigo, es porque falló la muestra», aclaró.
Qué dice la Ley sobre estas encuestas
En lo que refiere a lo que puede realizar o no durante el día del comicio, el artículo 71 del Código Electoral Nacional determina que queda prohibido «realizar actos públicos de proselitismo y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales, desde 48 horas antes de la iniciación del comicio y hasta el cierre del mismo”.
Además, determina que «publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección durante la realización del comicio y hasta tres horas después de su cierre».
Esta prohibición se fundamenta en que la difusión de ese tipo de encuestas pueden influir en el voto de aquellos ciudadanos que aún no han sufragado, aun cuando esa no fuera su finalidad. En este caso, podría producirse una «captación indebida de partidarios para una determinada fracción política», entendiéndose que ello encuadra en los «actos de proselitismo» expresamente prohibidos en el artículo citado.
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