La Legislatura bonaerense aprobó el proyecto que permitirá que intendentes que llegaron al cargo en 2015 puedan presentarse a un tercer mandato en 2023.
El Senado y la Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires aprobaron este miércoles la propuesta de modificación de la ley sancionada durante el Gobierno de María Eugenia Vidal que impide la reelección indefinida de intendentes.
Primero la Cámara alta aprobó con 36 votos a favor la reforma de la ley que regula las reelecciones de los intendentes, y que en los hechos permitirá que los jefes comunales que accedieron a su cargo por primera vez en 2015 y renovaron en 2019, puedan volver a presentarse como candidatos en 2023 para un tercer mandato.
Si bien tanto en el Frente de Todos como en Juntos por el Cambio el voto estuvo dividido, en ambas bancadas predominó el voto favorable a la reforma que derogó el artículo 7 de la ley, a propuesta del senador provincial del PRO Juan Pablo Allan y de Joaquín de la Torre (Peronismo Republicano).
Horas después, la Cámara de Diputados bonaerense recogió el guante y ratificó los cambios, con 68 votos a favor.
El corazón de la ley no fue tocado, ya que continúa el tope de dos mandatos consecutivos por intendente (también concejales, legisladores y consejeros escolares): el cambio tiene que ver con que se tomará como primer mandato el período 2019-2023, y no el 2015-2019 como está establecido en la normativa vigente.
Con estos cambios, según quedó fijado en el texto de la normativa, se busca que «los mandatos de Intendentes, Concejales, Consejeros, Escolares, Diputados y Senadores que se hayan iniciado como resultado de las elecciones del año 2017, 2019 y 2021 serán considerados como primer período a los efectos de la aplicación de la presente Ley».
En la iniciativa aprobada también se definió que “el Intendente y los Concejales serán elegidos directamente por el pueblo, durarán en sus funciones el término de cuatro (4) años y podrán ser reelectos por un nuevo período. Si han sido reelectos no podrán ser elegidos ni ocupar el mismo cargo, sino con intervalo de un período”, y se establece que “quedan comprendidos en la prohibición todos aquellos que hayan asumido su cargo por un segundo período sin importar que el mismo se haya sido ejercido total o parcialmente”.
En este último apartado es para evitar los pedidos de licencias que se vieron en las últimas semanas entre intendentes del oficialismo y de la oposición.
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