16 abril, 2024

Sanción millonaria a Facebook Argentina por cláusulas abusivas

La empresa Facebook Argentina SRL deberá abonar una multa de $5.000.000 por la inclusión de cláusulas abusivas en Términos y Condiciones de uso de Whatsapp.

La empresa Facebook Argentina SRL fue sancionada por el Ministerio de Desarrollo Productivo con una multa de 5 millones de pesos debido a la inclusión de cláusulas abusivas en sus Términos y Condiciones de la Política de Privacidad y Condiciones del servicio WhatsApp.

La medida fue establecida por la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje en Consumo (DNDC) luego de determinar que las cláusulas indicadas no brindan información cierta, clara y detallada. Además, se resaltó que resultan abusivas ya que la compañía se absuelve de su responsabilidad por daños, restringir los derechos del consumidor y, por lo tanto, ampliar los de la firma.

Esto le otorga a Facebook la interpretación exclusiva del contrato y le concede la facultad de modificar unilateralmente sus términos, al mismo tiempo que la autoriza a rescindir el contrato sin causa y sin que medie incumplimiento del consumidor.

La sanción se inició a partir de una denuncia recibida por parte de la DNDC contra la empresa Facebook Argentina SRL tras la modificación de los Términos y Condiciones de la Política de Privacidad y Condiciones del Servicio para WhatsApp, anunciado en enero de 2021. A raíz de ello, se imputó a Facebook Argentina SRL por infracción a los artículos 4° y 37° de la Ley de Defensa del Consumidor.

Por otra parte, se detectó una cláusula de prórroga de jurisdicción, que le otorga al proveedor la facultad exclusiva de elegir el tribunal competente para la resolución de conflictos, cuando la normativa establece lo contrario. En este caso, los usuarios de Argentina deberían ante un conflicto recurrir exclusivamente al Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Norte de California o un Tribunal Estatal ubicado en el condado de San Mateo en California.

Además, la empresa incumple el deber de brindar información clara, ya que establece que la única versión válida al momento de dirimir un conflicto es la escrita en idioma inglés y las traducciones no tienen carácter oficial.

Finalmente, la compañía procura, además de los números de teléfono de los usuarios de WhatsApp, arrogarse la potestad de requerir de los usuarios del servicio de mensajería los contactos de sus libretas de direcciones -aun cuando aquellos no sean usuarios del servicio-, sin determinar el objeto, ni su alcance y, dejándolo librado a su exclusivo recurso.

Cabe destacar que la empresa, por su parte, no presentó descargo en el plazo correspondiente.