3 mayo, 2024

Havanna y una broma en redes sociales que puede costarle caro

A través de sus redes sociales, Havanna hizo una broma por el Día de los Inocentes que le terminó costando muy caro y fue apercibida por Defensa del Consumidor.

Cada 28 de diciembre, en el Día de los Inocentes, la gente se encarga de gastar bromas para que sus pares caigan, tanto de manera virtual como personal. Aunque en todos los casos hay que saber medir el alcance de la chanza, porque un error puede tener consecuencias no previstas. Ese fue el caso de la firma Havanna que, a través de redes sociales, hizo un chiste que salió mal.

En un tuit, la marca ofreció entregar cajas de diferentes productos Havanna a todos los usuarios que no recibieron la caja de fin de año en sus trabajos y que respondiesen a la publicación con su CUIT.

Luego de recibir muchas respuestas, la empresa avisó que se trataba de un «chiste» pero aclaró que entre «todos los copados que dejaron su CUIL» iban a sortear cinco productos de estas características.

Sin embargo, muchos usuarios denunciaron la estafa y acudieron a la Ley de Defensa del Consumidor (24.240) para que cumplan con lo prometido, ya que las promociones son vinculantes.

Finalmente, tras haberse viralizado esta situación en las redes sociales, desde la firma emitieron un comunicado en el que reconocieron a quienes habían participado entre el tuit del anuncio y el de desmentida, a los que prometió que serán destinatarios del regalo de fin de año.

Desde la empresa, argumentaron que el sorteo «estuvo mal planteado» y expresaron sus «sinceras disculpas» a todos los seguidores.

Defensa de las y los Consumidores imputó a Havanna por publicidad engañosa

Pero no alcanzó con las disculpas. La Secretaría de Comercio Interior de la Nación, a través de la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje en Consumo, imputó administrativamente a la empresa por presunta publicidad engañosa e incumplimiento de oferta en sus cuentas verificadas de redes sociales.

De esta manera, Havanna habría infringido el artículo 4° de la Ley de Defensa del Consumidor (N°24.240) y también el artículo 7° de la Ley 24.240.

La empresa tiene cinco días hábiles para ofrecer su descargo frente a la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje en Consumo y posteriormente continuará el proceso administrativo para determinar si corresponden sanciones.